Muchos de los edificios que han de acometer obras de reparación de fachadas en Valencia, se ven obligados a ello después de haber pasado una Inspección Técnica de Edificios (ITE) con resultado desfavorable. ¿Qué quiere decir esto? Principalmente que los propietarios de la finca han de iniciar los trámites para realizar las obras de reparación en un periodo no superior a los tres meses, en el caso de no hacerlo la Administración podría imponerles una multa de hasta 6.000 Euros y dar comienzo a las obras.
La ITE es una revisión a la que deben someterse obligatoriamente todos los
edificios, de uso mayoritariamente residencial, y que cuenten con 50 años de
antigüedad. Esta inspección debe estar supervisada por un arquitecto o un
ingeniero de edificaciones, siempre que cuenten con la pertinente autorización
administrativa. El inspector revisará el estado de todos y cada uno de los
elementos estructurales del edificio: cimientos, pilares, vigas, cubiertas, fachadas…
comprobando que su estado de conservación no representa peligro alguno ni para
quienes habitan en él ni para las personas que pudieran pasar por sus
proximidades.
Al término de la revisión el inspector emite un informe. Si éste es
desfavorable, como ya hemos dicho, los propietarios tendrán que realizar con
cierta urgencia las obras de reparación. Si, por el contrario el informe recibe
una calificación de favorable, hasta pasados 10 años no será necesario pasar
una nueva ITE, ahora bien, eso no significa que en ese periodo no haya que
proceder a la reparación de fachadas en Valencia, pues pueden deteriorarse por muchas causas diferentes.
En cualquier caso, recuerda que desde Fachadas PMK siempre estaremos dispuestos a ayudarte.
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